Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral – Decreto Supremo No. 4216

Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y el Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral

Decreto Supremo No. 4216

En fecha 14 de abril de 2020, se emitió el Decreto Supremo No. 4216, cuyo objeto es establecer el Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y el Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral a las empresas legalmente constituidas.

Este Decreto establece el Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa con el fin de asegurar recursos para precautelar:

  • Las fuentes de empleo,
  • Funcionamiento,
  • Continuidad del negocio,
  • Sus operaciones

Dada la emergencia sanitaria nacional y cuarentena total.

Para este efecto se destinará el monto de hasta Bs. 1.500.000.000.- (Un mil quinientos Millones 00/100 bolivianos).

Estos créditos se otorgarán a cinco (5) años de plazo, con un (1) año de gracia, la tasa de interés y condiciones serán establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través de reglamentación.

Los beneficiarios del Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa como prestatarios, serán atendidos por las entidades financieras bancarias y entidades financieras no bancarias, públicas, privadas o mixtas.

Se establece este Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral, con el fin de otorgar recursos a las empresas:

  • Que estén legalmente constituidas
  • Que sus trabajadores estén registrados en el Sistema Integral de Pensiones

A fin de permitir un apoyo en el pago de los salarios de los trabajadores de las empresas.

Este Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral, se realizará mediante la otorgación de créditos a través del sistema financiero:

  • Por un monto equivalente a dos (2) salarios mínimos nacionales, por trabajador, por mes
  • Por un máximo de dos (2) meses.

Los créditos serán de carácter concesional, con un plazo de hasta dieciocho (18) meses y con seis (6) meses de gracia.

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