COMUNICADO 19/2020
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, COMUNICA a la ciudadanía en general, lo siguiente:
- El día viernes 1ero de mayo de 2020, se constituye FERIADO NACIONAL en conmemoración al “Día del Trabajo”, en cumplimiento a la Ley No. 274 de 10 de septiembre de 2012 y Decreto Supremo No. 2750 de 1ero de mayo de 2016; con suspensión de actividades publicas y privadas en todo el territorio nacional
- Conforme a la Disposición Transitoria Primera y Segunda del Decreto Supremo No. 4229 de 29 de abril de 2020, las medidas y prohibiciones establecidas en la normativa vigente, para los días sábado, se harán efectivas el viernes 1ero de mayo de 2020; por tanto, no existirá circulación de personas, vehículos, ni actividades en las entidades financieras y centros de abastecimiento.
- El día sábado 2 de mayo de 2020, las personas cuya numeración de cédula de identidad termine en 9 y 0, podrán excepcionalmente realizar actividades para el abastecimiento de artículos de primera necesidad, transacciones ante entidades financieras y otras autorizadas, en los horarios de 07:00 a.m. hasta las 12:00 del mediodía.
La Paz, 30 de abril de 2020
https://www.mintrabajo.gob.bo/index.php/comunicacion/27-destacados/1290-comunicado-19-2020.html