Se estableció la regulación a los límites solidarios mínimos y máximos de la escala de la pensión solidaria de vejez y el financiamiento del fondo solidario

En fecha 11 de octubre del corriente, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (“APS”), emitió la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N°1376 y Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N° 1377, que reglamentan la Ley N°1582 de 1° de octubre de 2024 ( “Ley 1582”), que modifica los Límites Solidarios Mínimos y Máximos de la Escala de la Pensión Solidaria de Vejez y el Financiamiento del Fondo Solidario, establecidos en la Ley de Pensiones N° 065 de fecha 10 de diciembre de 2010 (“Ley 065”).

La Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N°1376, instruye a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (“Gestora”) la aplicación de los Límites Solidarios establecidos en la Ley 1582, a partir del periodo octubre 2024 para toda nueva solicitud de Pensión de Vejez/Solidaria de Vejez y aquellas que estuvieran en curso de adquisición que, en caso de acceder a la Pensión, su cobranza corresponde desde el periodo octubre 2024 y también para pensiones en curso de pago que puedan acceder al ajuste de pensión, conforme a la normativa y que la Gestora inicie el pago de pensiones con los nuevos límites solidarios a partir del periodo enero 2025, a partir de octubre 2024, en beneficio de los jubilados.

Asimismo, se emitió la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N° 1377 que regula los nuevos porcentajes solidarios, establecidos en la Ley 1582 que modifica los incisos c), d) y f) del Artículo 87 de la Ley 065, conforme se detalla en el siguiente cuadro:

Se estableció la regulación a los límites solidarios mínimos y máximos de la escala de la pensión solidaria de vejez y el financiamiento del fondo solidario.

*Diferencia entre el Total Ganado Solidario y el monto señalado en el cuadro.

Todos los Empleadores, Asegurados Dependientes, Consultores y Empleadores del Sector Minero Metalúrgico, deben efectuar el pago del aporte solidario a partir del periodo de cotización correspondiente a octubre 2024 con los porcentajes establecidos por la Ley 1582; para los Asegurados Independientes, los porcentajes establecidos entrarán en vigencia a partir del 17 de octubre de 2024.

Todos los pagos pueden ser realizados a través de la Oficina Virtual de la Gestora, a nivel nacional a través del llenado digital del Formulario de Pago de Contribuciones (FPC).

 

Antonio Sanjinés

Socio

(+591 – 3) 337 7474

antonio@rojas-lawfirm.com

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