Bolivia amplía el plazo para la homologación de productos en los sistemas de facturación electrónica

Bolivia amplía el plazo para la homologación de productos en los sistemas de facturación electrónica

RND N.º 102600000004 – Implicaciones prácticas de cumplimiento tributario

El 23 de febrero de 2026, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la Resolución Normativa de Directorio N.º 102600000004, mediante la cual se extiende hasta el 29 de mayo de 2026 el plazo para que los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) completen la homologación de productos en sus sistemas de facturación con las actividades económicas registradas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

Esta prórroga se produce tras ampliaciones previas y responde a solicitudes de los contribuyentes que requieren tiempo adicional para realizar ajustes técnicos en sus sistemas de facturación.

¿Qué se está prorrogando?

La obligación tiene su origen en la RND N.º 102500000018 (abril de 2025), que introdujo el requisito de que los contribuyentes del IVA deben asegurar que los productos registrados en sus sistemas de facturación se encuentren correctamente vinculados con las actividades económicas declaradas en el RNC.

Esta correspondencia es necesaria para la autorización de la generación de documentos fiscales electrónicos.

La nueva resolución amplía el plazo para cumplir con esta obligación hasta el 29 de mayo de 2026.

Alcance de la obligación

La obligación aplica principalmente a:

  • contribuyentes del IVA que emiten facturación electrónica;
  • empresas que operan sistemas de facturación propios o desarrollos internos;
  • negocios con catálogos de productos o servicios diversificados;
  • entidades sujetas a controles fiscales automatizados basados en sistemas.

Por qué es relevante para las empresas

Aunque se presenta como un ajuste técnico, la medida tiene implicaciones relevantes en materia de cumplimiento tributario:

Exposición a fiscalizaciones

La administración tributaria utiliza cada vez más mecanismos automatizados de cruce de información entre los datos de facturación y las actividades económicas registradas.

Integridad del crédito fiscal

Una clasificación incorrecta podría generar observaciones que afecten la validez del crédito fiscal del IVA.

Riesgo operativo

El incumplimiento de esta obligación podría impactar en la autorización para la emisión de documentos fiscales.

Integración con sistemas ERP

Las empresas deben garantizar coherencia entre la clasificación contable interna de productos o servicios y las actividades registradas en el RNC.

Acciones recomendadas antes del 29 de mayo de 2026

Las empresas deberían:

  • revisar las actividades económicas registradas en el RNC;
  • verificar la correspondencia entre productos o servicios y dichas actividades;
  • actualizar sistemas ERP y software de facturación cuando sea necesario;
  • realizar auditorías internas de cumplimiento tributario;
  • coordinar acciones entre los equipos tributarios y de tecnología.

Perspectiva estratégica

Esta resolución refuerza el marco de control tributario digital en Bolivia y refleja una tendencia hacia modelos de supervisión fiscal basados en sistemas y análisis automatizado de datos.

Si bien la prórroga otorga un margen adicional para la adecuación técnica, no modifica la obligación sustantiva de homologación.

En consecuencia, las empresas que operan en Bolivia deberían tratar este proceso como una prioridad de cumplimiento tributario, con el fin de mitigar riesgos regulatorios y fiscales en el corto y mediano plazo.

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