Bolivia introduce incentivos tributarios para la re inversión y la reactivación económica Decreto Supremo N.º 5563 – Principales medidas tributarias para las empresas

Bolivia introduce incentivos tributarios para la re inversión y la reactivación económica

Decreto Supremo N.º 5563 – Principales medidas tributarias para las empresas

El 2 de marzo de 2026, el Gobierno boliviano promulgó el Decreto Supremo N.º 5563, introduciendo un conjunto de medidas tributarias orientadas a fomentar la re inversión de utilidades, estimular la actividad productiva y apoyar la reactivación económica.

El decreto reglamenta el Artículo 10 de la Ley del Presupuesto General del Estado 2025, incorporado al Presupuesto General del Estado 2026, que establece una exención tributaria para los socios o accionistas que re inviertan utilidades generadas en Bolivia.

La norma define las condiciones bajo las cuales los socios o accionistas domiciliados en el exterior y las sucursales de compañías extranjeras pueden beneficiarse de tasas reducidas de retención en el marco del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas aplicable a Beneficiarios del Exterior (IUE-BE).

Incentivos para la re inversión de utilidades

Bajo el nuevo marco, las utilidades o dividendos generados en Bolivia pueden beneficiarse de tasas reducidas de retención si se re invierten mediante su capitalización en la misma empresa o sucursal.

Las tasas aplicables dependen del nivel de re inversión:

Nivel de reinversión Retención sobre utilidades no reinvertidas
75% o más 3,125%
50% – 74,99% 6,25%
25% – 49,99% 11,25%

 

Para acceder al incentivo, las utilidades reinvertidas deben destinarse a actividades tales como:

  • adquisición de activos fijos
  • capital de trabajo e inventarios
  • ampliación, diversificación o modernización de operaciones

Estas inversiones deben estar vinculadas a la actividad económica de la empresa que opera en Bolivia.

Depreciación acelerada para inversiones realizadas en 2026

Como parte de un paquete más amplio de estímulo económico, el decreto introduce un régimen temporal de depreciación acelerada.

Los activos adquiridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 podrán depreciarse utilizando la mitad de la vida útil estándar prevista en la normativa del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.

Esta medida permite a las empresas reconocer gastos por depreciación de manera más rápida, lo que podría reducir la base imponible en el corto plazo y mejorar el flujo de caja.

El régimen no aplica a empresas extractivas de minería e hidrocarburos, que continúan sujetas a normativa sectorial específica.

Ajustes al ICE y a reglas de deducibilidad

El decreto también introduce diversos ajustes tributarios que impactan a sectores específicos.

Entre ellos:

  • modificaciones a las alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) aplicables a bebidas alcohólicas y no alcohólicas;
  • ajustes temporales al ICE aplicable a ciertos vehículos diésel;
  • ampliación de reglas de deducibilidad de determinados gastos para profesionales independientes.

Estas medidas forman parte de un esfuerzo fiscal más amplio orientado a estimular el consumo, la inversión y la actividad económica.

Implicaciones prácticas para las empresas

Aunque la norma se presenta principalmente como un incentivo a la inversión, puede tener varias implicaciones para las empresas que operan en Bolivia:

Planificación de inversiones

Las empresas pueden replantear sus estrategias de distribución de dividendos a la luz de los incentivos a la reinversión.

Optimización tributaria

La depreciación acelerada puede mejorar la eficiencia fiscal de corto plazo en proyectos intensivos en capital.

Estructuración corporativa

Los inversionistas extranjeros pueden evaluar estrategias de capitalización para beneficiarse de tasas reducidas de retención.

Impacto sectorial

Las empresas de los sectores de bebidas, automotriz y servicios profesionales podrían necesitar revisar los nuevos parámetros tributarios introducidos por el decreto.

Perspectiva estratégica

El Decreto Supremo N.º 5563 refleja la intención del Gobierno de promover la re inversión de utilidades y fortalecer la capacidad productiva interna.

Al vincular los beneficios tributarios con la capitalización de utilidades y la adquisición de activos productivos, la regulación busca canalizar las ganancias empresariales hacia la inversión, en lugar de su distribución al exterior.

Para las empresas que operan en Bolivia, el nuevo marco presenta oportunidades de planificación tributaria, pero también exige atención a aspectos de cumplimiento, especialmente en lo relativo a la estructuración de estrategias de reinversión y a la aplicación de las reglas de depreciación acelerada.

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