Comunicado 13/2020
En cumplimiento al Decreto Supremo No. 4200 de 25 de marzo de 2020 que tiene por objeto reforzar y fortalecer las medidas en contra del contagio y propagación del Coronavirus (COVID-19) en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, estableciendo la suspensión de actividades publicas y privadas hasta el 15 de abril de la presente gestión, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional COMUNICA lo siguiente:
- En el marco del Decreto Supremo No. 3433 de 13 de diciembre de 2017 y Resolución Ministerial No. 212/2018 de 01 de marzo de 2018, dispone que las empresas o establecimientos laborales del sector privado e instituciones del sector público, tienen la obligación de presentar mensualmente sus planillas de Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo mediante la Oficina Virtual de Tramites (OVT), misma que debe ser cumplida hasta el día quince (15) del mes siguiente al reportado; sin embargo encontrándose vigente las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante el Decreto Supremo No. 4200 y siendo de conocimiento publico que las actividades laborales no se desarrollan con normalidad; en ese entendido se dispone SUSPENDER la presentación de las planillas de Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo del mes de marzo de la presente, mediante la Oficina Virtual de Tramites (OVT).
- De forma excepcional las planillas mensuales de Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo correspondientes a los meses de marzo y abril del presente año, podrán ser presentadas hasta el 30 de mayo de la gestión en curso, fecha a partir de la cual, se aplicarán las multas previstas en el artículo 7 de la Resolución Ministerial No. 212/18-
La Paz, 01 de abril de 2020
https://www.mintrabajo.gob.bo/index.php/comunicacion/27-destacados/1272-comunicado-13-2020.html