Comunicado 17/2020 emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
En el marco de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno de Bolivia, para la ampliación del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional (Cuarentena Total) conforme lo establecido en el Decreto Supremo No. 4214, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional COMUNICA a la ciudadanía en general, lo siguiente:
- Se dispone la suspensión de actividades laborales en entidades publicas y privadas a nivel nacional, hasta el jueves 30 de abril de 2020, exceptuando a las entidades y empresas descritas en el parágrafo III y IV de los Artículos 2 y 4 del Decreto Supremo No. 4199. Debiendo todas las entidades publicas y privadas cumplir con el pago de sueldos y salarios por este periodo de suspensión de actividades.
- Se extiende la vigencia de las Autoridades de Funcionamiento a entidades publicas y privadas otorgadas por esta Cartera de Estado en el marco de la Resolución Ministerial No. 189/2020 de 18 de marzo del en curso, hasta el jueves 30 de abril de 2020. La renovación se realizará de manera automática.
- El ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo, continuara realizando las verificaciones permanentes para garantizar el cumplimiento de los dispuesto en el Decreto Supremo No. 4199, Resolución Bi Ministerial 01/20 y demás disposiciones reglamentarias.
La Paz, 15 de abril de 2020
https://www.mintrabajo.gob.bo/index.php/comunicacion/27-destacados/1284-comunicado-17-2020.html