Decreto Supremo N.º 5549: Ampliación de la Generación Distribuida e Introducción de un Régimen de Mediana Escala Renovable
El 18 de febrero de 2026, el Gobierno boliviano promulgó el Decreto Supremo N.º 5549, que modifica el régimen de Generación Distribuida (DS 4477 y DS 5167) e introduce una nueva categoría regulatoria: Generación Distribuida de Mediana Escala (1 MW a 6 MW).
El Decreto forma parte de la política más amplia de transición energética y diversificación de la matriz energética nacional hacia fuentes renovables.
Cambios estructurales introducidos por el DS 5549
A diferencia de reformas anteriores centradas principalmente en sistemas de autoconsumo de pequeña escala, el DS 5549 amplía el marco regulatorio para permitir proyectos renovables distribuidos de mayor tamaño con capacidad de inyección comercial, manteniendo la separación respecto del sistema de despacho económico nacional.
Las principales innovaciones incluyen:
- Creación de la Generación Distribuida de Mediana Escala (1–6 MW)
Los proyectos dentro de este rango:
- inyectan exclusivamente en redes de distribución;
- no participan en el despacho económico nacional;
- no requieren licencia ni concesión de generación;
- operan bajo autorización regulatoria.
- Mecanismo de remuneración estabilizado
El Regulador determinará un precio estabilizado de la energía con base en criterios de eficiencia y sostenibilidad.
El Comité Nacional de Despacho de Carga incorporará estas transacciones dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, con una remuneración cubierta proporcionalmente por los agentes de demanda.
- Mantenimiento del net metering para pequeños generadores distribuidos
Los generadores distribuidos tradicionales continúan operando bajo el sistema de medición neta.


