DECRETO SUPREMO No. 4641
En fecha 22 de diciembre de 2021 el gobierno central promulgo el Decreto Supremo 4641 cuyo objeto es Implementar el Carnet de Vacunación contra el COVID-19 en todo el territorio nacional, como el documento oficial certificado por el Ministerio de Salud y Deportes, que acredita que una persona fue vacunada en el Estado Plurinacional de Bolivia; y Regular el registro, certificación y verificación de la autenticidad de los resultados de laboratorio para diagnóstico de la COVID-19.
CARNET DE VACUNACIÓN
Se implementa el Carnet de Vacunación contra el COVID-19, que se constituye en el documento oficial de carácter nacional, portable, verificable, seguro y gratuito, que acredita que los estantes y habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia, fueron vacunados contra el COVID-19, conforme al esquema de vacunación que corresponda.
CERTIFICACIÓN Y GENERACIÓN DEL CARNET DE VACUNACIÓN
- El Ministerio de Salud y Deportes es el encargado de la certificación de los datos del Carnet de Vacunación contra el COVID-19, obtenidos del Registro Nominal de Vacunación Electrónico – RNVe, que serán firmados digitalmente y encriptados, para su seguridad y validez jurídica.
- El Carnet de Vacunación contra el COVID-19 podrá ser generado desde:
a) La plataforma del Ministerio de Salud y Deportes en formato PDF;
b) La aplicación móvil “Unidos contra el COVID” en formato PDF;
c) La aplicación móvil de Ciudadanía Digital.
III. Es responsabilidad del titular portar su Carnet de Vacunación contra el COVID-19 con su esquema de vacunación actualizado, de manera física o digital.
PRESENTACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL CARNET DE VACUNACIÓN
- La presentación del Carnet de Vacunación contra el COVID-19 ante las instancias que así lo requieran, podrá ser efectuada exhibiendo este documento de manera física o digital.
- Las instancias que requieran la verificación de la autenticidad de los datos del Carnet de Vacunación contra el COVID-19, podrán efectuarla en línea y de forma gratuita, mediante la aplicación móvil “Unidos contra el COVID” u otros mecanismos establecidos por el Ministerio de Salud y Deportes. En caso de no contar con conexión a internet, los datos verificados corresponderán a la fecha de generación del Carnet de Vacunación contra el COVID-19.
III. Las instancias que requieran la verificación de la vacunación contra el COVID-19 de las personas que fueron vacunadas en el exterior del país, podrán efectuarla mediante los mecanismos establecidos en los países donde se realizó la vacunación.
RESULTADOS DE PRUEBAS DE LABORATORIO
- El Sistema Integrado de Vigilancia Epidemiológica – SIVE es el único autorizado para el registro y acreditación de los resultados de laboratorio para diagnóstico del COVID-19.
- Los laboratorios y las instancias autorizadas por el Ministerio de Salud y Deportes y los Servicios Departamentales de Salud – SEDES, son los encargados del registro de los resultados de las pruebas de laboratorio para diagnóstico del COVID-19 en el SIVE.
III. La certificación e impresión de los resultados de las pruebas de laboratorio para diagnóstico del COVID-19 será efectuada por los laboratorios y otras instancias autorizadas por el Ministerio de Salud y Deportes. La impresión de los resultados de pruebas RT-PCR deben ser generadas a partir del SIVE.
- Las instancias que requieran la verificación de la autenticidad de los resultados de las pruebas de laboratorio para diagnóstico de la COVID-19, generados a partir del SIVE, podrán efectuarla mediante la aplicación móvil “Unidos contra el COVID” u otros mecanismos autorizados por el Ministerio de Salud y Deportes.
Sergio Dávila
C.R. & F. Rojas Abogados
El presente articulo no se trata de un análisis, es un breve comentario sobre la norma legal vigente en Bolivia