La Ley 1516 promulgada el 10 de julio de 2023, denominada “Diferimiento Parcial del Período Prenatal al Postnatal” permite a las trabajadoras embarazadas de entidades públicas y privadas transferir parte de los 45 días de prenatal a la etapa después del parto, hasta completar los 90 días, para estar más tiempo con su recién nacido.
Esta norma formaliza una práctica que frecuentemente se efectuaba en las empresas del sector privado, pero que en los últimos años las Cajas de Salud, mediante visitas sorpresa a las empresas, sancionaba su incumplimiento dejando sin efecto el reconocimiento de la subvención por el período que había otorgado la baja correspondiente.
Si bien la norma no aclara, debemos entender que el diferimiento de los 45 días de subsidio de maternidad previo al parto aplica para las trabajadoras que estén próximas a recibir la baja pre natal y cuando los controles médicos así permitan.
Antonio Sanjinés
C.R. & F. Rojas Abogados
El presente artículo no se trata de un análisis, es un breve comentario sobre la norma legal vigente en Bolivia.
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