El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Bolivia ha implementado el denominado “Reglamento de Notificaciones a través de Medios Electrónicos” (”Reglamento”). La introducción de este Reglamento, busca facilitar un canal de comunicación ágil y la reducción la necesidad de interacciones físicas, que cada vez se hacen mas caóticas para empleadores y trabajadores.
El Reglamento introduce cambios en el proceso de notificaciones administrativas:
Objeto del Reglamento
El objeto del Reglamento es regular las notificaciones de actos y actuaciones administrativas mediante medios electrónicos, asegurando el cumplimiento de las normativas legales en todas las unidades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (“Ministerio”).
La Notificación Electrónica distingue entre notificaciones manuales, que requieren digitalización y llenado manual de datos, y automáticas, efectuadas a través de la Oficina Virtual de Trámites OVT, Sistema de Gestión de Trámites SGT u otros sistemas o plataformas informáticos pertenecientes al Ministerio.
Los usuarios tienen la responsabilidad de proporcionar un medio electrónico para recibir notificaciones del Ministerio, además de gestionar su uso y administración, constituyéndose estos medios válidos para efectuar notificaciones al empleador.
El registro obliga a registrar la fecha y hora de envío de las notificaciones, permitiendo un fácil seguimiento. La confirmación del envío al usuario acreditará la validez de la notificación y el cómputo de los plazos.
La Notificación Electrónica permite el uso de correo electrónico y WhatsApp para notificaciones, tomando como plazo inicial, el día hábil posterior a la fecha en que se efectúa la Notificación Electrónica.
Implementación del Reglamento
La implementación del Reglamento implica una serie de ajustes que las empresas en Bolivia deben realizar en sus métodos y sistemas internos, como ser:
- La actualización de datos de contacto, incluyendo correos electrónicos y números de teléfono móvil destinados a recibir notificaciones;
- La implementación de sistemas de seguimiento de notificaciones, como ser la la creación de protocolos específicos para la revisión y respuesta oportuna a las Notificaciones Electrónicas, asegurando que cada comunicación sea adecuadamente registrada, evaluada y gestionada;
- La capacitación del personal encargado de recibir y gestionar las Notificaciones Electrónicas, que debe estar debidamente capacitado en el uso de las tecnologías implicadas y en los procedimientos internos establecidos para su manejo;
- Deben tener protocolos de respuesta a las Notificaciones Electrónicas, que incluyan los plazos internos para su manejo y los pasos a seguir para responder a cada tipo de notificación.
Para más información o asesoramiento sobre cómo estos cambios pueden afectar a su empresa específicamente, no dude en contactarnos.
Antonio Sanjinés
Socio
Para mantenerse al día con las últimas noticias legales, siga nuestro Newsletter.