Nuevo Decreto Supremo N° 5218: Simplificación para la Importación de Combustibles por empresas en Bolivia

Nuevo Decreto Supremo N° 5218: Simplificación para la Importación de Combustibles por empresas en Bolivia

El 4 de septiembre de 2024, el Gobierno boliviano promulgó el Decreto Supremo N° 5218, con el objetivo de simplificar los requisitos legales y técnicos para la importación directa de combustibles de consumo propio. Este decreto modifica el Decreto Supremo N° 28419, que originalmente regulaba las importaciones de hidrocarburos desde 2005.

Principales Cambios Introducidos por el Decreto Supremo N° 5218

El nuevo Decreto introduce modificaciones clave para facilitar la importación de combustibles por parte de personas, empresas y cooperativas:

  • Simplificación de la Declaración Jurada: Anteriormente, la declaración jurada debía realizarse ante un juez. Ahora, solo se requiere una declaración jurada ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), lo que reduce significativamente el tiempo de trámite.
  • Certificado de Calidad: Ya no es necesario entregar el original ni la homologación por parte de IBNORCA. Se permite una copia legalizada o firma digital, acelerando los tiempos de gestión.
  • Requisitos Técnicos Simplificados: La homologación del certificado de calidad puede ser emitida por cualquier organismo acreditado dentro del territorio nacional.

Implicaciones Legales para los Importadores de Combustibles

El Decreto Supremo N° 5218 establece que la importación de combustibles solo podrá realizarse para consumo propio de la institución o empresa solicitante, ya sea de productos regulados o no regulados. Esto implica que:

  • Obligaciones de los Importadores: Los importadores deben asegurar que toda la documentación presentada ante la ANH sea fidedigna y será verificada durante la vigencia de la autorización.
  • Revisión Aduanera y Fiscal: Los productos importados deberán cumplir con las regulaciones aduaneras y fiscales en Bolivia, y las empresas serán responsables del pago del precio internacional de los combustibles, sin que el Estado asuma costos adicionales.

Impacto en Sectores Productivos

El Decreto busca agilizar la importación de combustibles para sectores clave como el agropecuario, minero y de la construcción, lo que permitirá un acceso más rápido a insumos críticos en el presente escenario de escasez de combustible. Las empresas que cumplan con los nuevos requisitos podrán completar sus trámites en 5 a 10 días, en lugar del año que demoraba anteriormente.

Conclusión

El Decreto Supremo N° 5218 presenta un cambio significativo en la forma en que las empresas pueden importar combustibles en Bolivia. La simplificación de trámites y la reducción de tiempos son aspectos clave que benefician a los sectores productivos del país, permitiendo un acceso más rápido a recursos cruciales para su actividad.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento para cumplir con estas nuevas normativas, no dudes en contactarnos. 

Sandra Salinas

Sandra Salinas

Socia

(+591 – 2) 211 3165

sandra@rojas-lawfirm.com

 

César González

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