C. R. & F. Rojas Abogados

Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales y Contables

La Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP), ha emitido la RA/AEMP No. 77/2017 del 19 de Julio de 2017, que aprueba el nuevo “Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales y Contables”. Al mismo tiempo abroga la RA/AEMP No. 052/2011 que era la anterior norma de Infracciones y Sanciones Comerciales y que no incluía el término “Contables”.

Esta norma (entre otros aspectos), se refiere a la contabilidad llevada por personas no autorizadas legalmente, las formalidades de los libros de Contabilidad y Corporativos, la autorización de uso de medios electrónicos para los libros obligatorios, la conservación de los libros contables (5 años según el Código de Comercio), la doble contabilidad, la falta de publicación de documentos en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, la Reserva Legal, etc. Asimismo, el Capítulo III se refiere a las Infracciones relativas al cumplimiento de principios de contabilidad generalmente aceptados.

Entre las posibles sanciones administrativas, el nuevo reglamento contempla la amonestación escrita, multa, suspensión temporal de la matrícula de comercio, cancelación de la matrícula de comercio y suspensión temporal del presidente del directorio, gerentes y representantes legales.

Para mayor información se adjunta el “Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales y Contables”, haciendo mención al Anexo I (Sanciones). De igual forma, se puede obtener mayor información ingresando a la página: www.autoridadempresas.gob.bo

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