En el año 2003 surgió el primer Manual Andino de Examen de Patentes. Desde esa fecha, no se ha modificado el mismo, pero el avance de la tecnología ha obligado, en corto tiempo, a revisar dichas normas para ajustarlas a los requerimientos del mundo de la competencia actual exige.
Basado en la Decisión 486 “Régimen Común sobre Propiedad Industrial”, incluye las prácticas de las oficinas nacionales de patentes y los fallos del Tribunal de Justicia de la CAN en aspectos tanto procedimentales como de fondo.
Es el resultado de un proceso minucioso de consenso entre las oficinas de propiedad industrial de los cinco países andinos que comenzó hace 4 años. El grupo de expertos participante en la redacción tomó en cuenta las interpretaciones de la legislación de todos los países participantes. No es un instrumento vinculante, sin embargo, cada una de las oficinas de propiedad industrial se concentrará en analizar las modalidades que correspondan, que permitan que el manual sea obligatorio, sea por medio de decreto, instrucciones, reglamentos u otros.
Según palabras de los Consultores internacionales Juan Rodrigo Pimentel y Carla Vásquez, es un instrumento de apoyo con un mayor número de ejemplos para poder diferenciar las modalidades de protección de patentes. Una de las innovaciones presentadas por este documento son los artículos referidos al software y los programas tecnológicos implementados a través de computadoras para el manejo de instrumentos y dispositivos, interpretando así de mejor manera las regulaciones contenidas en la Decisión 486.
Será un instrumento útil en la capacitación de los nuevos examinadores (que en la actualidad escasean en nuestra oficina local de Patentes – SENAPI) ya que explica de forma detallada la forma de realizar el examen de las diferentes formas de solicitudes de registro de patentes de invención que se presentan ante la entidad competente, ya que contiene diagramas explicativos fáciles para cada etapa del proceso de examinación.
Paula Bauer
C.R. & F. ROJAS ABOGADOS
El presente artículo no se trata de un análisis, es un breve comentario sobre la norma legal vigente en Bolivia