SEPREC amplía empresas excepcionalmente el plazo para la renovación de la Matrícula de Comercio para del sector minero
El 25 de febrero de 2026, el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) emitió la Resolución Administrativa N° 109/2026, mediante la cual se dispone una ampliación excepcional del plazo para la renovación de la Matrícula de Comercio correspondiente a la gestión 2025.
La medida está dirigida a unidades económicas y sociedades comerciales con actividad minera cuyo cierre de gestión fiscal se encuentra fijado al 30 de septiembre.
Nuevo plazo para la renovación
Conforme a la Resolución, el plazo para realizar la renovación de la Matrícula de Comercio ha sido extendido hasta el 31 de marzo de 2026. En consecuencia, la vigencia de la Matrícula de Comercio correspondiente a la gestión 2025 se mantiene válida hasta esa misma fecha.
Asimismo, la norma establece que sus disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de marzo de 2026.
Contexto de la medida
La decisión se sustenta en informes técnicos emitidos por el SEPREC, que evidenciaron que, al 23 de febrero de 2026, solo el 10,6% de las unidades económicas comprendidas en este grupo habían cumplido con la renovación de su Matrícula de Comercio, mientras que el 89,4% restante aún no había realizado dicho trámite.
En ese contexto, la ampliación excepcional del plazo busca facilitar el cumplimiento de la obligación registral y evitar la depuración masiva de empresas del Registro de Comercio.
Consecuencias del incumplimiento
La Resolución también advierte que el incumplimiento de la renovación dentro del plazo prorrogado dará lugar a la depuración de la Matrícula de Comercio.
La depuración implica la inhabilitación para el ejercicio legal del comercio, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo establecido.
Recomendación para empresas del sector
Las empresas del sector minero con cierre de gestión fiscal al 30 de septiembre deberían verificar oportunamente el estado de su Matrícula de Comercio y completar el trámite de renovación antes del 31 de marzo de 2026, a fin de evitar contingencias operativas o regulatorias derivadas de una eventual depuración del registro.

