La Ley N.º 1765, promulgada el 18 de septiembre de 2026, aprueba un empréstito de DEG 1.369 millones, unos USD 1.900 millones, con el Fondo Monetario Internacional (FMI) bajo el Servicio Ampliado del Fondo, a 36 meses. Autoriza al Tesoro General de la Nación (TGN) a asumir el repago, encarga al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas formalizar la operación e informar semestralmente a la Asamblea Legislativa Plurinacional y dispone que las condiciones del programa se describen en un anexo que forma parte integrante de la ley. Ese anexo es el Memorando de Políticas Económicas y Financieras, que detalla las medidas y los plazos que el gobierno se compromete a cumplir hasta 2029.
El Directorio Ejecutivo del FMI aprobó el acuerdo el 2 de octubre y habilitó un primer desembolso de DEG 156 millones, unos USD 214 millones. El resto se entregará por tramos, sujeto a revisiones trimestrales, la primera prevista para diciembre de 2026 sobre la base de los criterios de fines de septiembre. Según el Fondo, el programa debería facilitar además unos USD 4.000 millones de otras instituciones financieras internacionales. Es el primer programa de Bolivia con el FMI desde el acuerdo stand-by aprobado en 2003.
La incorporación del memorando a la ley le da publicidad y rango legal, de modo que el calendario de reformas consta en la Gaceta Oficial y no sólo en los documentos del Fondo. Sus compromisos conservan la naturaleza propia de un programa del FMI. Los criterios de desempeño y los parámetros de referencia estructurales se evalúan en cada revisión, y el memorando prevé recalibrar las medidas, en coordinación con el Fondo, si se producen shocks adversos. La ley ordena además ejecutar el empréstito en pleno cumplimiento del Artículo 320, parágrafo IV, de la Constitución, que consagra la independencia del Estado en sus decisiones de política económica, y el memorando presenta las reformas como decisiones soberanas del gobierno boliviano. Para las empresas, el anexo funciona como una hoja de ruta oficial y fechada con la que planificar los próximos ejercicios.
El punto de partida
El memorando parte de un diagnóstico exigente. En 2025 el déficit fiscal alcanzó el 11% del PIB, el financiamiento del Banco Central de Bolivia (BCB) al sector público llegó al 7% del PIB y la deuda pública superó el 80% del PIB. La economía se contrajo 1,6% y la inflación marcó un máximo histórico. El programa prevé que la actividad toque fondo en 2027 y se recupere a partir de 2028, con una inflación del 14% al cierre de 2026 y de un dígito en 2028.
Para corregir esos desequilibrios, el gobierno se compromete a un ajuste fiscal de alrededor de 8,5% del PIB entre 2026 y 2029, concentrado en los primeros años. El objetivo es eliminar el déficit primario del sector público no financiero al final del programa y reducir el déficit global al 3,5% del PIB en 2029. El presupuesto reformulado de 2026 limita el déficit a Bs 47.000 millones, el 9,3% del PIB, y el de 2027 no deberá superar los Bs 36.800 millones. La mayor parte del esfuerzo procede del gasto, con la eliminación de la subvención a los combustibles, la contención de la masa salarial pública y una inversión pública más selectiva, mientras que las medidas tributarias de mayor alcance se dejan para el segundo y el tercer año. El gasto en asistencia social, en cambio, tiene un piso y se ampliará.
Combustibles
Es el frente donde más se ha avanzado. El Decreto Supremo N.º 5716, del 18 de septiembre, eliminó la subvención al diésel para todos los consumidores y lo sujetó a un régimen basado en el precio de paridad de importación, con un precio inicial de Bs 17,95 por litro que se ajustará a la evolución del mercado internacional. Sustituyó así el esquema diferenciado que el Decreto Supremo N.º 5676 había introducido en agosto para la industria y los grandes consumidores. El Decreto Supremo N.º 5729, de 25 de septiembre, permite a los privados importar gasolina de aviación grado 100 y venderla a precio de mercado, sin subvención y con arancel cero hasta el 31 de diciembre de 2027. La gasolina premium ya se comercializa a precio de mercado, el Decreto Supremo N.º 5644 abrió la importación y comercialización privada de combustibles y el Decreto Supremo N.º 5548 autorizó a YPFB y a las refinerías a importar crudo.
El siguiente paso tiene fecha. La gasolina especial mantiene su precio fijo hasta diciembre, conforme al Decreto Supremo N.º 5652, y la subvención al gas licuado de petróleo (GLP) vence el 31 de diciembre de 2026, según el Decreto Supremo N.º 5667. El memorando establece que el presupuesto de 2027 no incluirá subvenciones a los combustibles y que los precios internos alcanzarán el nivel de recuperación de costos desde enero, con una fórmula que ya incorpora el tipo de cambio flexible. Para acompañar la transición, el gobierno se compromete a ampliar la asistencia social focalizada y a presentar a la Asamblea, antes de fines de marzo de 2027, el marco legal de un registro social unificado. Tras la medida sobre el diésel, abrió además un diálogo con los sectores afectados.
Para las empresas con flota, generación propia o procesos intensivos en energía, la consecuencia práctica es directa. Los presupuestos de 2027 conviene construirlos sobre precios de combustible a costo de importación y un tipo de cambio flexible, y los contratos de suministro, transporte y obra con cláusulas de precio referidas al combustible merecen una revisión antes de fin de año.
Tipo de cambio, crédito y banca
Los tipos de cambio oficial y de referencia se unificaron a fines de junio y el país avanza hacia un régimen cambiario flexible. El 24 de septiembre, mediante la Resolución de Directorio N.º 142/2026, el BCB sustituyó su Reglamento de Operaciones Cambiarias y suprimió el tope que impedía a los bancos vender dólares a más de 10 centavos por encima del tipo oficial, una de las acciones previas del programa. El BCB intervendrá sólo ante condiciones de mercado desordenadas, bajo un marco de "discrecionalidad con restricciones" que deberá publicar en detalle antes de fines de diciembre de 2026, y calculará el tipo oficial con una metodología basada en el mercado mayorista. Durante todo el programa, el gobierno se compromete a no introducir nuevas restricciones cambiarias ni prácticas de tipos de cambio múltiples, a no celebrar acuerdos bilaterales de pago incompatibles con el Artículo VIII del Convenio Constitutivo del FMI y a no imponer restricciones a las importaciones por razones de balanza de pagos.
En política monetaria, el BCB adopta metas de base monetaria como ancla nominal, publicará mensualmente su cumplimiento y prevé avanzar hacia un régimen de metas de inflación antes del final del programa. El memorando advierte que las tasas de interés podrán mostrar mayor volatilidad durante la transición. Antes de fines de junio de 2027, en el marco de la revisión de la Ley de Servicios Financieros, se eliminarán los topes a las tasas de interés activas y los cupos de crédito, de modo que las líneas hoy sujetas a tasas reguladas pasarán a condiciones de mercado. Los depósitos en moneda extranjera se están devolviendo de forma gradual, en paralelo a la liquidación en dos años de los fondos de Créditos Productivos y de Vivienda de Interés Social (CPVIS).
El sistema financiero tiene también su propio calendario. La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) realizará pruebas de tensión de solvencia y liquidez y evaluaciones independientes de la calidad de los activos de los bancos sistémicos antes de fines de marzo de 2027, fecha en la que también deberán estar listos los planes de resolución y de recuperación. Antes de fines de junio de 2027 se presentarán a la Asamblea enmiendas para alinear con los estándares internacionales los marcos de capital, liquidez, provisiones, partes vinculadas y normas contables, junto con un régimen de resolución bancaria modernizado. Se prevén además una unidad de garantía de depósitos, instrumentos de cobertura cambiaria, un marco regulatorio para activos virtuales, el refuerzo de la prevención del lavado de dinero y enmiendas para fortalecer la autonomía del BCB.
Política fiscal, impuestos y Estado
En el plano fiscal, el gobierno debe publicar una estrategia fiscal de mediano plazo, uno de los primeros parámetros estructurales, con vencimiento a fines de septiembre, y aprobar antes de fin de año un presupuesto de 2027 alineado con el programa. La Estrategia de Movilización de Recursos Internos, con medidas de política tributaria, administración de ingresos y reforma aduanera, debe estar lista antes de fines de marzo de 2027, y el marco fiscal de mediano plazo, con techos de gasto plurianuales, antes de fines de junio. Toda nueva medida deberá ir acompañada de una evaluación previa de su impacto fiscal. En esa línea, el presupuesto de 2027 compensará el efecto de las medidas de alivio aprobadas recientemente, entre ellas la derogación del Artículo 9 de la Ley N.º 1755.
Para los proveedores del Estado, el programa prevé una auditoría de los atrasos acumulados por el gobierno central y las empresas estatales, con una definición estándar de atraso, seguida de una estrategia de pago con plazos. La masa salarial pública crecerá por debajo del PIB nominal, la inversión pública se priorizará mediante evaluaciones de costo-beneficio y las empresas estatales no viables serán reestructuradas.
Clima de inversión
El memorando incluye además reformas orientadas al sector privado. Prevé eliminar gradualmente los controles de precios y los topes a las exportaciones, con políticas de mitigación diseñadas con el Banco Mundial y el BID, y revisar los marcos regulatorio y tributario de hidrocarburos y minería para incentivar la exploración privada, asegurando al Estado una proporción adecuada de las rentas. Se suman una ley de acceso a la información, el fortalecimiento de los derechos de propiedad y de la ejecución de contratos y un diagnóstico de gobernanza con asistencia técnica del FMI.
Los próximos hitos
El calendario de los próximos meses se concentra en cuatro momentos. A fines de diciembre de 2026 llegan la primera revisión del programa, el presupuesto de 2027, la prueba de tensión del balance del BCB y el marco de intervención cambiaria. El 1 de enero de 2027, la gasolina y el GLP pasan a precio de costo. A fines de marzo de 2027 vencen la estrategia tributaria, el marco legal del registro social, las pruebas de tensión de la banca y los planes de resolución. A fines de junio de 2027 se eliminan los topes a las tasas y los cupos de crédito, y se presentan a la Asamblea las reformas bancarias y las del BCB.
Para empresas e inversores, el valor del anexo está en esa previsibilidad. Permite anticipar el costo de la energía, el acceso a divisas y el precio del crédito en los próximos dos años, y ajustar con tiempo presupuestos, contratos y estructuras de financiamiento.




